Plazo para pagar utilidades !!!

Las empresas que se encuentren dentro del régimen general y que el año anterior tuvieron más de 20 trabajadores,  deben realizar el pago de las utilidades a trabajadores en un periodo no mayor a los 30 días naturales a partir del vencimiento del plazo para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del periodo 2015 (en el cronograma de Sunat es entre el 23 de marzo y el 7 de abril del 2016).

Además, si se exceden de esos 30 días adicionales y con el previo requerimiento escrito del trabajador, la empresa será responsable del pago del interés legal por no abonar a tiempo las utilidades a sus trabajadores.