PRÓRROGA DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

Decreto Supremo N° 092-2022-PCM

El pasado 28 de julio se prorrogó el Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo N° 092-2022-PCM el cual estableció lo siguiente:

  • Se extiende el estado de emergencia nacional por 28 días calendarios, a partir del 01 de agosto del 2022.
  • Las provincias de Lima y Callao se mantienen en la clasificación de nivel moderado.
  • En aquellos departamentos que tengan el 80% de cobertura de vacunación contra la COVID-19 de personas de 60 años a más con 3 dosis y el 80% de cobertura de vacunación contra la COVID-19 de personas de 12 años a más con 2 dosis, es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos. Por el momento, sólo cumplen estas condiciones los siguientes departamentos: Lima Metropolitana, Lima provincias, Callao, Ica, Áncash, Tumbes, Piura, La Libertad, Moquegua, Arequipa, Pasco, Lambayeque, Apurímac, Junín, Cusco y Cajamarca.
  • Para el ingreso de las personas mayores de 18 años a los establecimientos comerciales, será necesario que cuenten con el esquema de vacunación completo (3 dosis).

Para recordar

  • Los trabajadores y locadores de servicios de la actividad privada deben acreditar contar con el esquema de vacunación completo (3 dosis), siempre que se encuentre habilitada para recibirlas.
  • En caso no cuenten con el esquema de vacunación completo y la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, se entenderá producido el supuesto de suspensión del contrato de trabajo (licencia sin goce de haberes), de conformidad con el artículo 11 y artículo 12 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, salvo que las partes acuerden la suspensión imperfecta del vínculo laboral.
tomado del email informativo del:  Estudio Ribeiro & MDL  <consultas=ribeiroymdl.pe@mlsend2.com>; en nombre de; Estudio Ribeiro & MDL <consultas@ribeiroymdl.pe>

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