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PLAZO PARA LA DISTRIBUCION DE LAS UTILIDADES DE LA EMPRESA A LOS TRABAJADORES

PLAZO PARA LA DISTRIBUCION DE LAS UTILIDADES DE LA EMPRESA A LOS TRABAJADORES

El monto de las utilidades que le corresponde a cada trabajador será distribuido dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo señalado por las disposiciones legales pertinentes, para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, en caso de suspensión de la relación laboral durante la distribución, dentro de los 30 días, contados a partir de la reincorporación del trabajador.