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Sunat aprobó disposiciones para flexibilizar sistema de detracciones

Sunat aprobó disposiciones para flexibilizar sistema de detracciones

Desde el 1 de febrero 2014 entraron en vigencia nuevas disposiciones que flexibilizaron el sistema de detracciones, según lo señalado en la Resolución de Superintendencia N° 375-2013 emitida por Sunat.

DETRACCIONES:

El mencionado dispositivo ha regulado el régimen de gradualidad de las infracciones, de manera que si el contribuyente cumple con efectuar el depósito de la detracción antes que surta efecto cualquier notificación en la que se le comunica que ha cometido una infracción, tendrá una rebaja del 100% de la multa, con el objetivo de incentivar el depósito voluntario de la detracción.

Multa: Cabe recordar que si el sujeto obligado incumple con efectuar el íntegro del depósito de la detracción en el momento establecido, la sanción es una Multa equivalente al 50% del importe no depositado.

Aplicación del nuevo criterio de gradualidad:

Si el sujeto obligado realiza la subsanación antes que surta efecto cualquier notificación en la que se le comunica al infractor que ha incurrido en infracción: El porcentaje de rebaja de la multa es 100%

Momento para efectuar el depósito:

Cabe recordar que tratándose de contratos de construcción y servicios, el depósito se realizará

  1. Hasta la fecha de pago parcial o total al prestador del servicio o quien ejecute el contrato de construcción, o dentro del quinto (5°) día hábil del mes siguiente a aquel en que se efectúa la anotación del comprobante de pago en el Registro de compras, lo que ocurra primero; cuando el obligado a efectuar el deposito sea el usuario del servicio o quién se encarga de la construcción.
  2. Dentro del quinto (5°) día hábil siguiente de recibida la totalidad del importe de la operación, cuando el obligado a efectuar el deposito sea el prestador del servicio o quien encarga el contrato de construcción.

Resolución de superintendencia N° 375-2013/SUNAT