Archivo de la etiqueta: quienes deben preparar estudio de precios de transferencia

Obligación de contar con el estudio técnico de precios de transferencia

Obligación de contar con el estudio técnico de precios de transferencia, El artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N° 167-2006/Sunat, recientemente modificado por la Resolución de Superintendencia N° 175-2013/Sunat, dispone que los contribuyentes domiciliados en el Perú de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta deberán contar con un estudio técnico de precios de transferencia cuando en el ejercicio gravable:

a) Los  ingresos  devengados  superen  los  seis  millones  y  00/100  de  nuevos   soles   (S/. 6´000,000)   y  el monto de operaciones  supere  un  millón y 00/100 de nuevos soles   (S/. 1´000,000); y/o

b) Enajenen bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable.

Cabe señalar que el «monto de operaciones» es el equivalente a la suma de los montos numéricos pactados entre las partes, sin distinguir signo positivo o negativo, de los conceptos que se señalan a continuación y que correspondan a las transacciones realizadas con partes vinculadas y a las que se realicen desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición:

Seguir leyendo Obligación de contar con el estudio técnico de precios de transferencia