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Preguntas y Respuestas sobre Comprobantes de Pago

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¿En qué momento se deben entregar los comprobantes de pago?  ¿qué debo hacer en caso de pérdida, robo o extravío de los comprobantes?

Si cambio de domicilio fiscal, ¿puedo seguir emitiendo comprobantes con la dirección anterior?  Aquí les alcanzo las respuestas a todas estas interrogantes, es un práctico informe que el equipo de orientación de sunat preparo (orientacion.sunat.gob.pe).

 Preguntas y respuestas sobre comprobantes de pago:

1. ¿Para qué sirven los Comprobantes de Pago?

A las empresas les sirve para:
– Sustentar la posesión de su mercadería.
– Contabilizar sus adquisiciones en el Registro de Compras.
– Sustentar su costo o gasto para efecto tributario.

Para los consumidores finales les sirve para:
– Demostrar la titularidad del bien.
– Contar una constancia de haber realizado este pago. En el caso de haber realizado un pago adelantado por la compra de un bien o la contratación de un servicio, usted deberá recibir un comprobante.
– Presentar un reclamo, solicitar cambio de un artículo que compró o la mejora de un servicio contratado.
– Participar del sorteo de Comprobantes de Pago.

 2. ¿A partir de qué monto estoy obligado a emitir Comprobantes de Pago?

 A partir de S/. 5  es obligatorio emitir y entregar el comprobante de pago; y si el comprador o el usuario del servicio le pide por menos de ese monto, también debe hacerlo.

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Baja de Comprobantes de Pago

comprobantes de pago¿En qué casos se debe solicitar la baja de Comprobantes de Pago?

Cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:

1) Por deterioro de los comprobantes de pago

2) Haya sufrido el robo o extravío de los mismos
3) Se cierre el establecimiento anexo (sucursal, depósito, local comercial, etc.), con lo que se produce el retiro de uno o más puntos de emisión.
4) Se cierre definitivamente el negocio u oficina.
5) Decida acogerse al Nuevo RUS y haya estado ubicado en el Régimen General o Especial, razón por la cual deberá dar de baja los comprobantes de pago que sustenten gasto o costo o crédito fiscal, hasta el último día del mes precedente.
6) Se va dar de baja del RUC al contribuyente sea persona natural. sociedad conyugal, sucesión indivisa o persona jurídica.

¿Cómo se comunica la Baja de los comprobantes de pago a Sunat?

El trámite se realiza a través de SUNAT Virtual con su Clave SOL utilizando el Formulario Virtual N° 855.

Para el caso particular de robo o extravío de comprobantes de pago que no hayan sido entregados, debe comunicarse este hecho dentro de los 15 días hábiles siguientes al robo u extravío, lo cual no exime al contribuyente de la obligación de sustentar la baja con la copia certificada de la denuncia policial cuando la SUNAT así lo requiera. Esta denuncia policial debe realizarse con anterioridad a la comunicación de baja de los comprobantes robados o extraviados.

Los comprobantes de pago, respecto de los cuales se haya comunicado la baja, deben ser destruidos, no eximiendo de responsabilidad al contribuyente la posterior circulación de estos, salvo para el caso de los robados o extraviados.

Base Legal:
Artículo 12° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT