¿Existe plazo para empastar libros contables?

¿Existe plazo para empastar libros contables?

libros empasteSi existe plazo para empastar los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas, lo cual se encuentra establecido en la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT  artículo 5°.

En efecto, el numeral 5.2 del artículo 5° de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT establece que el empaste deberá efectuarse, como máximo, dentro de los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente al que correspondan las operaciones contenidas en dichos libros o registros, por ello el plazo para el empaste de los libros correspondiente al ejercicio 2014 vence el 30 de abril 2015.

La infracción por no cumplir con el empaste de los libros y registros contables se encuentra señalada en el artículo 175°, numeral 2 del TUO del código tributario, correspondiendo una multa equivalente al 0.3% de los ingresos netos del ejercicio anterior, cabe señalar además que cuando la sanción aplicada se calcule en función a los ingresos netos (IN) anuales ésta no podrá ser menor a  10% de la UIT ni mayor a 12 UIT.

Deja un comentario